El Gobierno autorizará la participación de la Xunta de Galicia en la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Galicia-Norte de Portugal

El Gobierno autorizará la participación de la Xunta de Galicia en la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Galicia-Norte de Portugal

26/06/2008

 Es una de las primeras en constituirse en el ámbito de la Unión Europea y la primera en la que se integra una entidad española
 Estas agrupaciones se configuran como motores de la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional en la UE

El próximo Consejo de Ministros, a propuesta de los ministros de Administraciones Públicas y de Asuntos Exteriores y Cooperación, aprobará un acuerdo por el que se autoriza la participación de la Xunta de Galicia en la Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT) Galicia-Norte de Portugal, cuya sede estará ubicada en Vigo.

La AECT Galicia-Norte de Portugal es una de las primeras en constituirse en el ámbito de la Unión Europea y la primera en la que se integra una entidad española. La Xunta de Galicia presentó su solicitud el 18 de febrero de 2008 con el objetivo de poder integrarse en esta Agrupación junto a la Región Norte de Portugal.

La autorización del Consejo de Ministros, requerida cuando el miembro español de una AECT es una comunidad autónoma, permitirá a la Xunta de Galicia suscribir con su contraparte portuguesa los textos del convenio y de los estatutos de la Agrupación. También les habilita a realizar la inscripción del convenio y de los estatutos suscritos en el Registro correspondiente del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con el fin de que la Agrupación adquiera personalidad jurídica y pueda llevar a cabo sus actividades.

MOTORES DE LA COOPERACIÓN TERRITORIAL EN LA UE

Estas agrupaciones están reguladas en España por el Real Decreto 37/2008, de 18 de enero, que traspone el Reglamento (CE) 1082/2006 del Parlamento Europeo, y se configuran como motores de la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional en la UE, superando la cooperación de vecindad entre entidades regionales y locales colindantes, ya que permiten la asociación de las mismas aún cuando estén separadas geográficamente.

Las AECT tienen reconocida personalidad jurídica, pudiendo llevar a cabo no solamente la ejecución de programas o proyectos de cooperación territorial cofinanciados por la UE, a través de los fondos europeos, sino también la realización de otras acciones específicas de cooperación territorial sin contribución financiera de la Unión Europea.