El Consejo de Ministros acuerda revertir al Estado más de 224.000 metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre del puerto de Noia (A Coruña)

28/01/2011

La decisión favorece la ejecución de un proyecto de interés general encaminado a la regeneración de la ría, que incluye la demolición del canal de escollera que forma parte de las instalaciones adscritas al puerto de Noia, con el fin de devolver la ría a su estado natural

28 enero 2011.- El Consejo de Ministros ha acordado la reversión al Estado de los bienes de dominio público marítimo-terrestres de una superficie de 224.888,27 metros cuadrados correspondientes al puerto de Noia, A Coruña. Con esta reversión se favorece la ejecución de un proyecto de interés general encaminado a regenerar la ría de Noia que, entre sus actuaciones, incluye la demolición del canal de escollera que forma parte de las instalaciones adscritas al puerto de Noia, con el fin de devolver la ría a su estado natural.


Estos terrenos habían sido transferidos a la Comunidad Autónoma de Galicia mediante el Real Decreto 3214/1982 sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de puertos. Con fecha 28 de octubre de 2010, la Consellería do Mar de la Xunta de Galicia solicita la reversión de una superficie de 224.888,27 metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre transferida en el conjunto del Puerto de Noia, ante la imposibilidad de poder realizar actuaciones portuarias en esa zona, dada la degradación medioambiental así como la colmatación que ha sufrido la misma, lo que ha motivado la pérdida de sus características portuarias. Este acuerdo permitirá ejecutar el proyecto de regeneración que incluye la demolición del canal de escollera, con el objetivo de poner freno a la degradación que sufre la ría de Noia y posibilitar de ese modo que esta recupere su estado natural.

Según lo previsto en los artículos 50 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y 107.3 del Reglamento general para su desarrollo y ejecución, aprobado por el Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, corresponde al Consejo de Ministros acordar la reversión al Estado de los bienes de dominio público marítimo-terrestre transferidos a las comunidades autónomas.