Sanz destaca que la rebaja de los módulos supone un ahorro de 155 millones para los agricultores y ganaderos andaluces

Sanz destaca que la rebaja de los módulos supone un ahorro de 155 millones para los agricultores y ganaderos andaluces

06/05/2016

El Estado aprobó en 2014 con carácter permanente la reducción del 20% para los agricultores que utilicen electricidad para riego


El delegado del Gobierno en Andalucía, Antonio Sanz, ha informado de que las reducciones en los módulos del IRPF de 2015 para las actividades agrícolas y ganaderas, según la Orden HAP/663/2016, de 4 de mayo, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado, suponen “un ahorro de 155 millones de euros para los agricultores y ganaderos andaluces”.

Para el delegado, la “importante” rebaja fiscal aprobada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para las actividades agrícolas y ganaderas y, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, “es una gran noticia para el sector”, además de que “demuestra el compromiso y el apoyo del Gobierno de España con la ganadería y el campo andaluz”.

En este sentido, Sanz ha subrayado que “esta notable” reducción fiscal, en atención a las circunstancias excepcionales ocurridas en 2015, “beneficia especialmente a los módulos de producciones agrarias andaluzas, así como a los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, con una reducción del 20 por ciento del mismo”.

Reducciones de módulos en Andalucía
Así, la rebaja tributaria de módulos de actividades agrícolas y ganaderas que afectan a Andalucía son:
- Apicultura de 0,26 a 0,18.
- Bovino de leche de 0,32 a 0,16.
- Bovino de carne extensivo de 0,13 a 0,09.
- Bovino de cría extensivo de 0,26 a 0,18.
- Cunicultura de 0,13 a 0,07.
- Frutos cítricos de 0,26 a 0,22.
- Ovino y caprino de carne extensivo de 0,13 a 0,09.
- Ovino y caprino de leche extensivo de 0,26 a 0,18.
- Porcino de carne extensivo de 0,13 a 0,09.
- Porcino de cría extensivo de 0,26 a 0,18.
- Productos del olivo de 0,26 a 0,22.
- Tomate de 0,26 a 0,22.
- Cereales de 0,26 a 0,18
- Leguminosas de 0,26 a 0,18
- Oleaginosas de 0,32 a 0,22
- Frutos secos: Almendra de secano de 0,26 a 0,18

Del mismo modo, Sanz ha precisado que los beneficiarios de esta reducción fiscal también afectan a cultivos de zonas específicas de determinadas provincias, como en Almería al calabacín (0,26 a 0,18) y, en Granada, al calabacín y espárrago (0,26 a 0,18).

Aceituna, flores y plantas ornamentales y cítricos
También, ha indicado que “se efectúan importantes reducciones adicionales” en determinados cultivos como la aceituna de mesa en 55 municipios de la provincia de Sevilla (de 0,26 a 0,18); flores y plantas ornamentales en la comarca de Costa Noroeste de Cádiz; y cítricos en 15 municipios (por debajo de 0,22).

En el ámbito de la ganadería, el índice corrector por piensos adquiridos a terceros, aplicable cuando se adquieren fuera de la explotación piensos y otros productos que supongan más del 50% del importe de los consumidos, se reduce excepcionalmente a 0,75 en los casos de explotación intensiva de ganado porcino de carne y avicultura y a 0,65 para el resto de las actividades ganaderas, ha informado el delegado.

Al hilo de esto, Antonio Sanz ha puesto en valor la Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, con la que el Gobierno de España introdujo para 2014 y con carácter permanente, un coeficiente corrector que podrán seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supondrá una reducción de un 20% del mismo.

El Gobierno adoptó esta medida, junto con la exención parcial del 85% del Impuesto sobre la Electricidad para los regantes, con el objetivo de compensar el efecto sobre los regantes de la subida de las tarifas eléctricas de agosto de 2013. Con ello se tiene en cuenta que dicha subida tuvo un efecto diferencial sobre la agricultura de regadío con respecto a otros sectores de la economía, al incrementar el coste del término de potencia y, en consecuencia, afectar en mayor medida en las actividades que concentran el consumo en determinadas épocas del año, como es el caso del riego, ha recordado el delegado.

Finalmente, ha destacado que la Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, establece en su Disposición adicional primera una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2015. Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva, cuyo efecto es, por tanto, mayor que cualquier reducción de módulos específicos.