El 85,7 % de los Ayuntamientos gallegos han presentado las solicitudes del Fondo Estatal de Inversión Local

El 85,7 % de los Ayuntamientos gallegos han presentado las solicitudes del Fondo Estatal de Inversión Local

22/01/2009

Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo en Galicia


  • El delegado del Gobierno repasó hoy en A Coruña las cifras relativas a este fondo en Galicia, cuyo plazo de presentación de solicitudes expira el próximo sábado, día 24
  • Los proyectos presentados ascienden a 424 millones de euros, y cubren ya el 86,5 % del total asignado a Galicia, 490 millones de €
  • Con los 2.060 proyectos solicitados, se crearán 16.544 puestos de trabajo en Galicia
  • Manuel Ameijeiras destacó la celeridad de la Administración General del Estado en la tramitación de los proyectos, que deberán ejecutarse este mismo año
  

El delegado del Gobierno en Galicia, Manuel Ameijeiras, realizó esta mañana una evaluación de las cifras relativas al Fondo Estatal de Inversión Local en Galicia. Un Fondo creado por el Gobierno en el marco de las medidas de apoyo al empleo y la economía dentro del Plan Español de Estímulo del Empleo y la Economía (Plan E).

El delegado destacó que, una semana después de la visita de la ministra Salgado a Galicia, un total de 270 Ayuntamientos ya han formalizado las solicitudes dentro de este fondo, frente a los 73 que lo habían hecho hace siete días. Esto representa un crecimiento del 62,5% en esta semana.

Estas solicitudes implican a 2.060 proyectos que crearán 16.544 puestos de trabajo y supondrán una inversión de  424 millones de euros.

Dentro del procedimiento de tramitación, el Gobierno ya ha aprobado un total de 709 proyectos correspondientes a 186 ayuntamientos, por valor de 186 millones de euros. El listado completo de proyectos aprobados se puede consultar en la web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es). 

INVERSIONES EN EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURAS
Los recursos de este fondo se destinarán a proyectos y obras que no estuvieran previstos en los presupuestos municipales para el año 2009, y deberán ejecutarse de manera inmediata, licitándose antes de un mes desde la resolución de autorización emitida por la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial. Las obras deberán realizarse a lo largo de 2009 y deberá justificarse su finalización en el primer trimestre de 2010. Este plazo podrá extenderse seis meses más si hay causa justificada.

Los nuevos trabajadores que sea necesario contratar para la realización de los proyectos financiados con cargo a este fondo deberán estar en situación legal de desempleo.

Los proyectos que podrán acogerse al fondo deben ser de competencia municipal. En particular, se entienden incluidos los siguientes:

  • Las de adecuación, rehabilitación o mejora de entornos o espacios públicos urbanos, así como de promoción industrial.
  • Los equipamientos e infraestructuras de servicios básicos en las redes viarias, de saneamiento, alumbrado y telecomunicaciones.
  • Las de construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de edificios y equipamientos sociales, sanitarios, funerarios, educativos, culturales y deportivos.
  • Las dirigidas a la protección del medio ambiente y la prevención de la contaminación, las de gestión de residuos urbanos, así como las orientadas a impulsar el ahorro y la eficiencia energética.
  • Las de supresión de barreras arquitectónicas.
  • Las de conservación del patrimonio municipal y protección y conservación del patrimonio histórico del municipio.
  • Las de construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de la red de abastecimiento de agua potable a domicilio y tratamiento de aguas residuales.
  • Las dirigidas a promover la movilidad sostenible urbana y las encaminadas a mejorar la seguridad vial.
  • Las de prevención de incendios.
  • Las destinadas a la promoción del turismo.
CONDICIONES DE LOS PROYECTOS

El importe de cada proyecto de inversión a realizar con cargo a este fondo no podrá superar los 5 millones de euros. El real decreto-ley establece además que los ayuntamientos deberán abonar a los contratistas el precio de las obras dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obra o de los correspondientes documentos que acrediten la realización del contrato en los plazos establecidos.

PROCEDIMIENTO

El procedimiento para acceder a estos fondos se podrá tramitar por vía electrónica en su totalidad, a través de la página web del MAP (www.map.es). Para la realización telemática de estos trámites, los ayuntamientos deberán contar con un certificado digital. En todo caso, la tramitación de estos proyectos se realizará con todas las garantías que establece la Ley de Contratos del Sector Público, y la Intervención General del Estado controlará la correcta aplicación de los recursos del fondo.

Todas las entidades locales podrán obtener recursos del fondo hasta el importe máximo que para cada municipio se determine en función de su población. Los consistorios y mancomunidades presentarán sus solicitudes en la web www.map.es, que irán dirigidas a las Subdelegaciones del Gobierno y, en el caso de las comunidades autónomas uniprovinciales, a las Delegaciones del Gobierno. Éstas verificarán que los proyectos cumplen las condiciones en un plazo no superior a 10 días. En otros 10 días, la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial dictará la resolución de autorización para la financiación de los proyectos, que será publicada en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas.

Tras la adjudicación de las obras financiadas y la presentación de los correspondientes certificados por vía electrónica, el Gobierno aportará a las entidades locales el 70 por ciento del coste de adjudicación del proyecto, y el resto de la inversión será abonado al finalizar la actuación.